Legislación › Decreto Foral Legislativo 129/1999, de 26 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de las disposiciones del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados.
Artículo 17.
Artículo 17.
La cuota tributaria se obtendrá aplicando a la base liquidable el tipo de gravamen del 1 por ciento.


