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Legislación › Decreto Foral Legislativo 129/1999, de 26 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de las disposiciones del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados.

Disposición adicional tercera. Exención del Impuesto para la sociedad pública «Viviendas de Navarra, S.A.»

Comparación entre la redacción en vigor desde el 17 de julio de 2010 y la del 1 de enero de 2011. Tachado: lo que se quitó (10 palabras). Subrayado: lo que se añadió (57 palabras). Volver al texto en vigor

Disposición adicional tercera. Exención del Impuesto para la sociedad pública ‘‘Viviendas «Viviendas de Navarra, S. A.’’. S.A.»
1. La sociedad pública “Viviendas «Viviendas de Navarra, S.A.”, S. A.», como sociedad instrumental del Gobierno de Navarra, gozará de exención en el Impuesto por las adquisiciones de viviendas o de partes alícuotas de ellas, que efectúe en los supuestos a que se refieren los artículos 17.5, 33 y 50 de la Ley Foral 10/2010, de 10 de mayo, del Derecho derecho a la Vivienda vivienda en Navarra.
2. Asimismo, gozará de exención en los arrendamientos de viviendas que, por destinarse a su posterior arrendamiento por ella misma, estén exentos del Impuesto sobre el Valor Añadido, conforme a los dispuesto en el artículo 17.1.13.ºb) de la Ley Foral 19/1992, que lo regula.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
31 de diciembre de 2011 En vigor BOE-A-2012-1546 Leer Qué cambió
1 de enero de 2011 BOE-A-2011-3431 Leer Qué cambió
17 de julio de 2010 BOE-A-2010-8618 Leer Qué cambió
1 de enero de 2009 BOE-A-2009-3960 Leer Qué cambió
31 de diciembre de 2005 BOE-A-2006-846 Leer

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