Legislación › Decreto Foral Legislativo 250/2002, de 16 de diciembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de las disposiciones del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones.
Artículo 32 bis. Adquisiciones “mortis causa” por sujetos pasivos con discapacidad.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 1 de enero de 2017 y la del 30 de diciembre de 2023.
Tachado: lo que se quitó (1 palabras). Subrayado: lo que se añadió (2 palabras).
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Artículo 32 bis. Adquisiciones “mortis causa” por sujetos pasivos discapacitados. con discapacidad.
Las adquisiciones “mortis causa” efectuadas por sujetos pasivos que acrediten un grado de discapacidad igual o superior al 33 por 100 e inferior al 65 por 100 gozarán de una reducción de 60.000 euros. Dicho importe será de 180.000 euros cuando el sujeto pasivo acredite un grado de discapacidad igual o superior al 65 por 100.
La reducción se aplicará una vez practicadas en su caso las reducciones previstas en este Capítulo.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 30 de diciembre de 2023 En vigor | BOE-A-2024-1694 | Leer | Qué cambió |
| 1 de enero de 2017 | BOE-A-2017-2355 | Leer | Qué cambió |
| 1 de enero de 2013 | BOE-A-2013-501 | Leer |


