Legislación › Decreto Foral Legislativo 250/2002, de 16 de diciembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de las disposiciones del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones.
Artículo 40. Otras figuras.
Artículo 40. Otras figuras.
Serán aplicables las reglas de valoración del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados a la constitución a título gratuito de promesas y opciones de contratos y de censos. En las transacciones se liquidará el Impuesto según el título por el que se adjudiquen, declaren o reconozcan los bienes o derechos litigiosos.


