Legislación › Decreto Foral Legislativo 4/2008, de 2 de junio, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Foral del Impuesto sobre la Renta de las Personas Fisicas
Disposición transitoria vigesimocuarta. Régimen transitorio para inversiones en vivienda habitual realizadas en 2016 y 2017.
Disposición transitoria vigesimocuarta. Régimen transitorio para inversiones en vivienda habitual realizadas en 2016 y 2017.
Los sujetos pasivos que hubieran realizado en 2016 o en 2017 alguna de las inversiones recogidas en el artículo 62.1, en su redacción vigente a 31 de diciembre de 2017, podrán aplicar la deducción por inversión en vivienda habitual de acuerdo con el mencionado artículo 62.1, por las cantidades pendientes por esos mismos conceptos que satisfagan a partir del 1 de enero de 2018.
Lo establecido en esta disposición será de aplicación a los sujetos pasivos que no tengan derecho a aplicar los regímenes transitorios recogidos en las disposiciones transitorias decimoquinta y decimoséptima.
Se añade, con efectos desde el 1 de enero de 2018, por el art. 1.45 de la Ley Foral 16/2017, de 27 de diciembre. BOE-A-2018-801
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