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Legislación › Decreto Legislativo 1/1997, de 11 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Principios Ordenadores de la Hacienda General del País Vasco.

Artículo 19. Concepto.

Comparación entre la redacción en vigor desde el 20 de enero de 1998 y la del 13 de julio de 2007. Tachado: lo que se quitó (11 palabras). Subrayado: lo que se añadió (9 palabras). Volver al texto en vigor

Artículo 19. Concepto.
Son sociedades públicas las sociedades mercantiles en cuyo capital sea mayoritaria la participación de la Administración las entidades que integran el sector público de la Comunidad Autónoma de Euskadi o de sus entes institucionales, Autónoma, ya se rijan éstos éstas por el derecho público o por el derecho privado. Para la determinación de dicha participación mayoritaria se tendrán en cuenta todas las participaciones de las entidades referidas.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
23 de enero de 2008 En vigor BOE-A-2008-90003 Leer Qué cambió
13 de julio de 2007 BOE-A-2011-16286 Leer Qué cambió
20 de enero de 1998 BOE-A-1998-90002 Leer

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