Legislación › Decreto Legislativo 1/2007, de 11 de septiembre, de aprobación del texto refundido de la Ley de Tasas y Precios Públicos de la Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco.
Artículo 138. Cuota.
Artículo 138. Cuota.
La cuantía de la tasa será de 3,13 euros.


