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Legislación › Decreto Legislativo 1/2007, de 11 de septiembre, de aprobación del texto refundido de la Ley de Tasas y Precios Públicos de la Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco.

Artículo 1. Objeto y ámbito de aplicación.

Comparación entre la redacción en vigor desde el 28 de diciembre de 2007 y la del 29 de diciembre de 2011. Tachado: lo que se quitó (13 palabras). Subrayado: lo que se añadió (28 palabras). Volver al texto en vigor

Artículo 1. Objeto y ámbito de aplicación.
1. Esta ley tiene por objeto la regulación del régimen jurídico de las tasas y los precios públicos que se exijan por la Administración General general e Institucional institucional de la Comunidad Autónoma del País Vasco.
2. Quedan excluidos de la aplicación de esta ley los ingresos derivados de la prestación las actividades que realicen y de servicios por los entes públicos servicios que presten las entidades pertenecientes al sector público de la Comunidad Autónoma del País Vasco cuando actúen según normas de derecho privado y las Sociedades públicas. privado.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
1 de enero de 2020 En vigor BOE-A-2020-617 Leer Qué cambió
29 de diciembre de 2011 BOE-A-2012-967 Leer Qué cambió
28 de diciembre de 2007 BOE-A-2007-90050 Leer

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