Legislación › Decreto Legislativo 1/2007, de 11 de septiembre, de aprobación del texto refundido de la Ley de Tasas y Precios Públicos de la Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco.
Artículo 59. Cuota.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 28 de diciembre de 2007 y la del 29 de diciembre de 2011.
Tachado: lo que se quitó (103 palabras). Subrayado: lo que se añadió (33 palabras).
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Artículo 59. Cuota.
La tasa se exigirá según la siguiente tarifa (euros):
1 · 1. Publicación de
Adquisiciónboletines en papel. · documentos.
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1.1 · General.
1.1.1 Por suscripción. · cada
·
·
‒ Anual: ·
223,45 ·
·
‒ Inferior al año, pormes que reste hasta al final carácter o espacio (incluyendo título y texto del año: · documento): 0,081845.
18,64 ·
1.2 ·
1.1.2 Por números sueltos, por cada número diario, cualquiera que sea la cantidad de fascículos o suplementos que lo integren: · listados, mapas u otros elementos gráficos de
1,28 ·
2 ·
Publicacióndocumentos. · difícil valoración (página DIN-A4 o
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2.1 ·
General. ·
·
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Por líneafracción de línea impresa del boletín (la página entera impresa contabilizará como 60 líneas): · similar): 174,8288.
2,563702 ·
2.2 ·
1.2 Disposiciones y anuncios de licitación de contratos administrativos de las Instituciones instituciones comunes de la Comunidad Autónoma del País Vasco elaborados de acuerdo con los modelos establecidos en el anexo VII del Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre. · Por cada anuncio:
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· · 434,9447.
383,05 ·
3 ·
2. La inserción de anuncios remitidos con el carácter de urgente deberá realizarse en el plazo máximo de 10 días hábiles, hábiles desde la confirmación de la orden de inserción. En estas inserciones la tasa será un cien por cien superior a la las de carácter ordinario. ·
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Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 1 de enero de 2012 En vigor | BOE-A-2012-968 | Leer | Qué cambió |
| 29 de diciembre de 2011 | BOE-A-2012-967 | Leer | Qué cambió |
| 28 de diciembre de 2007 | BOE-A-2007-90050 | Leer |


