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Legislación › Decreto Legislativo 1/2007, de 11 de septiembre, de aprobación del texto refundido de la Ley de Tasas y Precios Públicos de la Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco.

Artículo 84. Sujeto pasivo.

Artículo 84. Sujeto pasivo.

Son sujetos pasivos de esta tasa las personas físicas que, reuniendo las condiciones establecidas en la normativa reguladora del «Gazte Txartela / Carné joven» de Euskadi, soliciten la expedición del carné a su nombre.

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