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Legislación › Decreto Legislativo 1/1999, de 2 de diciembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Hacienda de la Región de Murcia.

Artículo 85. Requisitos del endeudamiento a largo plazo.

Comparación entre la redacción en vigor desde el 2 de marzo de 2000 y la del 1 de enero de 2013. Tachado: lo que se quitó (37 palabras). Subrayado: lo que se añadió (12 palabras). Volver al texto en vigor

Artículo 85. Requisitos del endeudamiento a largo plazo.
El endeudamiento de la Administración Pública Regional y sus organismos autónomos por plazo de reembolso superior a un año deberá cumplir los requisitos siguientes:
a) Su importe financiará gastos de inversión.
b) La cuantía de las anualidades, incluyendo los intereses y
que establezca la amortización, no excederá del veinticinco por cien normativa estatal correspondiente en materia de los ingresos corrientes financiación autonómica y de la Hacienda Pública Regional previstos en el presupuesto anual. estabilidad presupuestaria.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
1 de enero de 2013 En vigor BOE-A-2013-1926 Leer Qué cambió
2 de marzo de 2000 BOE-A-2000-90008 Leer

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