Legislación › Ley 8/2002, de 30 de octubre, por la que se crea el Instituto Murciano de Investigación y Desarrollo Agrario y Alimentario (IMIDA).
Disposición transitoria cuarta.
Disposición transitoria cuarta.
Los funcionarios de carrera que a la entrada en vigor de esta Ley estén adscritos al Centro de Investigación y Desarrollo Agroalimentario y Centro de Recursos Marinos, dispondrán de un plazo de cinco años para acreditar las titulaciones o grados académicos, requeridas por los puestos de trabajo derivados reglamentariamente de la aplicación de esta Ley.
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