Legislación › Decreto Legislativo 1/2004, de 9 de julio, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Tasas, Precios Públicos y Contribuciones Especiales.
Artículo 1. Hecho imponible.
Artículo 1. Hecho imponible.
El hecho imponible de la tasa lo constituye la inscripción en las pruebas de aptitud necesarias para la obtención de la habilitación de controlador de acceso, así como la expedición del título acreditativo de la misma y sus renovaciones y prórrogas.
Se añade por la disposición adicional 2 de la Ley 2/2011, de 2 de marzo. BOE-A-2012-2265


