Legislación › Decreto Legislativo 1/2004, de 9 de julio, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Tasas, Precios Públicos y Contribuciones Especiales.
Artículo 4. Cuota.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 28 de diciembre de 2004 y la del 26 de junio de 2021.
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Artículo 4. Cuota.
La tasa se exigirá con arreglo a las siguientes cuotas, en las que se incluye la cuota complementaria establecida en el artículo 16.2 de la presente Ley:
a) Solares edificables en general Suelos urbanos y demás suelo urbano: 195,166449 €. urbanizables sectorizados con planeamiento de desarrollo (plan parcial o especial) aprobado definitivamente de superficie superior a 2.000 metros cuadrados: 236,76 euros.
b) Parcelas aptas para construir una vivienda unifamiliar: 65,055483 €. Suelos urbanos y urbanizables sectorizados con planeamiento de desarrollo (plan parcial o especial) aprobado definitivamente de hasta 2.000 metros cuadrados de superficie: 78,91 euros.
c) Naves Industriales: 162,638707 €. 197,26 euros.
d) Locales comerciales o almacenes: 130,110966 €. 157,80 euros.
e) Inmuebles urbanos destinados a su uso como vivienda: 65,055483 €. Viviendas: 78,91 euros.
f) Garajes y trasteros: 39,46 euros.
g) Resto de inmuebles urbanos, cualquiera que sea su uso: 32,527742 €. uso (deportes, espectáculos, ocio y hostelería, sanidad y beneficencia, culturales y religiosos y edificios singulares): 236,76 euros.
g) Suelo urbanizable: 195,166449 €.
h) Fincas rústicas, rústicas (suelo no urbanizable, urbanizable sin sectorizar o urbanizable sectorizado cuando su planeamiento de desarrollo no se encuentre definitivamente aprobado), incluyendo sus instalaciones, naves, locales y obras de uso agrícola y demás suelo no urbanizable:
1. Hasta de 1 Ha. De hectárea de superficie: 65,055483 €. 78,91 euros.
2. De superficie superior a 1 Ha., hectárea y hasta 10 Has: 162,638707 €. hectáreas: 197,26 euros.
3. De superficie superior a 10 Has: 260,221932 €. hectáreas: 315,65 euros.
En el caso de inmuebles con distintos usos, se aplicará la cuota de mayor importe.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 26 de junio de 2021 En vigor | BOE-A-2021-21313 | Leer | Qué cambió |
| 28 de diciembre de 2004 | BOE-A-2004-90027 | Leer |


