LexTotal

Legislación › Decreto Legislativo 1/2004, de 9 de julio, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Tasas, Precios Públicos y Contribuciones Especiales.

Artículo 4. Cuotas.

Comparación entre la redacción en vigor desde el 1 de enero de 2005 y la del 1 de enero de 2008. Tachado: lo que se quitó (0 palabras). Subrayado: lo que se añadió (8 palabras). Volver al texto en vigor

Artículo 4. Cuotas.
1. Revisión de la Notificación en aplicación del artículo 6 del Real Decreto 1254/99: 41,761656 €.
2. Revisión y evaluación del Plan de Emergencia Interior (PEI), Estudio de Seguridad (ES) y Plan de Prevención de Accidentes Graves (PPAG) en aplicación de los artículos 7 y 11 del Real Decreto 1.254/99: 425,169864 €.
3. Revisión y Evaluación del Informe de Seguridad en aplicación de los artículos 7, 9 y 11 del Real Decreto 1.254/ 99: 1.039,089096 €.
4. Revisión del anexo I del Decreto regional 97/2000: 26,270100 €.
5. Revisión y remisión para proceder a la información pública a efectos del artículo 13.4 del R.D. 1.254/1999: 40,140000 €.
6. Revisión del Estudio de Viabilidad: 150,00 €.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
1 de enero de 2008 En vigor BOE-A-2008-12587 Leer Qué cambió
1 de enero de 2005 BOE-A-2005-14444 Leer Qué cambió
28 de diciembre de 2004 BOE-A-2004-90027 Leer

← Artículo 3 Índice Artículo 1 →