Legislación › Decreto Legislativo 1/2004, de 9 de julio, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Tasas, Precios Públicos y Contribuciones Especiales.
Artículo 4. Cuota.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 1 de enero de 2005 y la del 1 de enero de 2007.
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Artículo 4. Cuota.
La cuantía de la tasa será la que se expresa para cada una de las actuaciones administrativas que a continuación se relacionan:
1) Inspección y control de obras de nueva construcción o reforma.
a) Por el estudio e informe de cada proyecto antes de autorizar las obras: 67,511008 €.
b) Por la comprobación de la obra terminada y emisión del informe previo a la autorización de su funcionamiento: 0,53 por mil del importe del presupuesto total (IVA excluido), con un límite máximo de: 135,085797 €.
2) Inspección y control sanitario de establecimientos sanitarios, públicos y alimentarios, incluida la emisión de informe y expedición de certificado, cuando proceda.
a) Inspección y control sanitario de centros o servicios sanitarios:
1. Empresas destinadas al transporte de enfermos, por cada empresa 74,456638 €. Centros:
Hospitales (centros con internamiento):
1. Hospitales generales: 150,00 euros.
2. Almacenes de distribución de medicamentos, por almacén: 223,312512 €. Hospitales especializados: 150,00 euros.
3. Farmacias, botiquines y depósitos Hospitales de medicamentos, por cada unidad: 74,456638 €. media y larga estancia: 150,00 euros.
4. Hospitales, por cada hospital: 223,312512 €. Hospitales de salud mental y tratamiento de toxicomanías: 150,00 euros.
5. Centros asistenciales extrahospitalarios Otros centros de primer nivel (C. internamiento: 150,00 euros.
Las anteriores cuotas se liquidarán por cada servicio sanitario que sea objeto de Salud, Consultorios), las actuaciones administrativas de inspección y control, con un máximo de 1.500 euros por cada centro asistencial: 74,456638 €. centro.
Proveedores de asistencia sanitaria sin internamiento:
6. Consultas médicas: 250,00 euros.
7. Consultas con otros profesionales sanitarios: 250,00 euros.
Centros asistenciales extrahospitalarios de nivel especializado, (Consultas privadas especializadas, Laboratorios clínicos, atención primaria:
8. Centros de radiodiagnóstico, odontológicos, ópticos y similares), salud: 500,00 euros.
9. Consultorios de atención primaria: 250,00 euros.
Centros polivalentes: 100,00 euros.
La cuota anterior se liquidará por cada centro: 148,919654 €. servicio sanitario que sea objeto de las actuaciones administrativas de inspección y
7. Unidades móviles especializadas (ambulancias, coches fúnebresotras), control, con un máximo de 1.000 euros por cada unidad: 17,469311 €. centro.
8. Otros establecimientos n.c.o.p., por cada establecimiento: 74,456638 €. Centros especializados:
La determinación 10. Clínicas dentales: 400,00 euros.
11. Centros de reproducción humana asistida: 400,00 euros.
12. Centros de interrupción voluntaria del tipo embarazo: 400,00 euros.
13. Centros de Centro o Servicio sanitario, a efectos cirugía mayor ambulatoria: 400,00 euros.
14. Centros de la aplicación diálisis: 400,00 euros.
15. Centros de la tasa, se hará teniendo diagnóstico: 400,00 euros.
16. Centros móviles de asistencia sanitaria: 400,00 euros.
17. Centros de transfusión: 400,00 euros.
18. Bancos de tejidos: 400,00 euros.
19. Centros de reconocimiento médico: 400,00 euros.
20. Centros de salud mental: 400,00 euros.
21. Otros centros especializados: 400,00 euros.
22. Otros proveedores de asistencia sanitaria sin internamiento: 250,00 euros.
23. Servicios sanitarios integrados en cuenta las definiciones contenidas una organización no sanitaria: 250,00 euros.
2. Establecimientos sanitarios:
1. Ópticas: 275,00 euros.
2. Ortopedias: 275,00 euros.
3. Establecimientos de audioprótesis: 275,00 euros.
4. Oficinas de farmacia: 275,00 euros.
3. Oferta asistencial:
1. Servicio sanitario en el Registro centros con internamiento, por servicio: 150,00 euros.
2. Servicio sanitario sin internamiento, por servicio: 100,00 euros.
3. Depósitos de Establecimientos Sanitarios (RES) medicamentos: 150,00 euros.
4. Certificaciones técnico-sanitarias de la Consejería transporte sanitario:
1. Ambulancia colectiva: 30,00 euros.
2. Ambulancia no asistencial: 50,00 euros.
3. Ambulancia asistencial: 80,00 euros.
4. Ambulancia con soporte vital avanzado: 100,00 euros.
5. Otros:
1. Almacenes de Sanidad y Política Social. distribución de medicamentos: 275,00 euros.
b) Inspección y control de establecimientos públicos:
CENTROS DE TRANSPORTE:
1. Estaciones de autobuses, ferrocarriles, aeródromos y análogos: 74,099471 €.
2. Estaciones de ferrocarril: 74,099471 €.
3. Aeropuertos: 74,099471 €.
HOTELES, HOSTALES, PENSIONES, FONDAS Y CASAS DE HUÉSPEDES
4. Hoteles de cinco y cuatro estrellas: 74,099471 €.
5. Hoteles de tres, dos y una estrella: 36,979577 €.
6. Hostales y pensiones: 36,979577 €.
7. Fondas y casas de huéspedes: 18,489789 €.
8. Establecimientos de enseñanza: 27,801652 €.
9. Establecimientos de cuidados personales (peluquerías, institutos de belleza, etc.): 36,979577 €.
10. Cinematógrafos, salas de teatro y conciertos: 55,539524 €.
11. Centros de actividades deportivas (tenis, frontones, piscinas, gimnasios y otros): 55,539524 €.
12. Discotecas, salas de fiesta y bares musicales: 55,539524 €.
13. Casinos y salas de juego: 55,539524 €.
14. Otros establecimientos n.c.o.p.: 55,539524 €.
c) Inspección y control sanitario de establecimientos alimentarios:
1. Industrias de productos alimenticios y bebidas: 92,595638 €.
2. Comercio al por mayor y almacenamiento de productos alimenticios y bebidas: 92,595638 €.
3. Comercio al por menor de productos alimenticios y bebidas: 36,979577 €.
4. Comedores colectivos: (Restaurantes, salas de comida, bares, cafés, etc.): 36,979577 €.
5. Autorización, inspección y control de entidades para impartir formación de carácter sanitario: 36,980000 €.
6. Otros establecimientos n.c.o.p: 37,719169 €.
3) Suministro de libros de registro oficiales, monografías y carnets carnés o certificados de tipo sanitario. sanitario:
a) Expedición de carnet carné o certificado por realización de cursos de tipo sanitario, incluyendo supervisión de exámenes sanitario (cuidador de piscinas, aplicador de plaguicidas, etc.): 15,300000 €. etcétera): 6,00 euros.
b) Libros Derechos de Registros Oficiales (balnearios, piscinas, etc.) 8,160000 examen para la obtención del carné de aprovechamiento de cursos de tipo sanitario: 9,918120 euros.
c) Libros de registros oficiales diligenciados: 15,178408 euros.
d) Monografías Sanitarias sanitarias y de Sanidad Ambiental sanidad ambiental y otros manuales 8,160000 €. manuales: 8,489664 euros.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 1 de enero de 2018 En vigor | BOE-A-2018-2468 | Leer | Qué cambió |
| 31 de diciembre de 2013 | BOE-A-2014-752 | Leer | Qué cambió |
| 1 de enero de 2010 | BOE-A-2011-3016 | Leer | Qué cambió |
| 1 de enero de 2009 | BOE-A-2011-2282 | Leer | Qué cambió |
| 1 de enero de 2007 | BOE-A-2007-9892 | Leer | Qué cambió |
| 1 de enero de 2005 | BOE-A-2005-14444 | Leer | Qué cambió |
| 28 de diciembre de 2004 | BOE-A-2004-90027 | Leer |


