Legislación › Decreto Legislativo 1/2004, de 9 de julio, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Tasas, Precios Públicos y Contribuciones Especiales.
Artículo 4. Responsables subsidiarios.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 28 de diciembre de 2004 y la del 1 de enero de 2011.
Tachado: lo que se quitó (193 palabras). Subrayado: lo que se añadió (29 palabras).
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Artículo 4. Devengo. Responsables subsidiarios.
La tasa que corresponda satisfacer se devengará en el momento en que se lleven a cabo las actividades de inspección y control sanitario Las personas físicas o jurídicas, públicas o privadas propietarias de animales y sus productos en los establecimientos inmuebles o instalaciones en que se desarrollen las actividades sujetas a gravamen, sin perjuicio de que se exija su previo pago cuando la realización del control sanitario se inicie a solicitud del sujeto pasivo. utilizados como mataderos que
En el caso deen un mismo establecimiento y a solicitud del mismo sujeto pasivo se realicen de forma sucesiva las tres operaciones de sacrificio, despiece y almacenamiento, o dos de ellas en fases igualmente sucesivas, el total de la cuantía de la tasa se determinará de forma acumulada y al comienzo del proceso con independencia del momento del devengo de las cuotas correspondientes, sin perjuicio de lo previsto en el artículo 6 siguiente. no ejerzan por sí mismas la
En todo caso, la tasa se devengarátotalidad de los animales o productos objeto de las operaciones, con independencia actividad comercial serán responsables subsidiarias de que los controles sanitarios y técnicos facultativos se realicen sobre la totalidad o sobre una parte mediante muestreo aleatorio o selectivo. El alcance del control se establecerá deuda tributaria generada por el personal técnico facultativo oficial conforme a las normas que sean de aplicación. esta tasa.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 1 de enero de 2019 En vigor | BOE-A-2019-2039 | Leer | Qué cambió |
| 1 de enero de 2011 | BOE-A-2011-10362 | Leer | Qué cambió |
| 28 de diciembre de 2004 | BOE-A-2004-90027 | Leer |


