Legislación › Decreto Legislativo 1/2004, de 9 de julio, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Tasas, Precios Públicos y Contribuciones Especiales.
Artículo 4. Cuotas.
Artículo 4. Cuotas.
Por cada análisis organoléptico de aceite de oliva virgen: 20 €.
Se añade por el art. 2.12 de la Ley 3/2010, de 27 de diciembre. BOE-A-2011-10362


