LexTotal

Legislación › Decreto Legislativo 1/2004, de 9 de julio, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Tasas, Precios Públicos y Contribuciones Especiales.

Artículo 4. Cuotas.

Artículo 4. Cuotas.

Los sujetos pasivos deberán abonar las siguientes cantidades:

1. Por la inscripción y realización de las pruebas de clasificación para el acceso al Nivel Básico de las enseñanzas de idiomas de régimen especial: 5,00 €.

2. Por la inscripción y realización de las pruebas terminales específicas de certificación de las Enseñanzas de idiomas de Régimen especial: 35,00 €.

3. Por la solicitud de inscripción a las pruebas de deportivas de Grado medio: 15,00 €.

4. Por la inscripción a las pruebas Deportivas de Grado superior: 18,00 €.

5. Por la inscripción a las pruebas de específicas de acceso a las Enseñanzas Artísticas Superiores de mayores de 19 años: 18,00 €.

Se añade por el art. 2.15 de la Ley 3/2010, de 27 de diciembre. BOE-A-2011-10362

← Artículo 3 Índice Artículo 5 →