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Legislación › Decreto-ley 5/2022, de 20 de octubre, de dinamización de inversiones empresariales, libertad de mercado y eficiencia pública.

Artículo 2. Principios de buena regulación económica.

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Artículo 2. Principios de buena regulación económica.
La intervención pública mediante la regulación de los distintos procedimientos para la obtención de los títulos habilitantes que se requieran para el ejercicio de actividades económicas, que se otorguen en el ejercicio de las competencias propias de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, se regirá por los siguientes principios de buena regulación económica, sin perjuicio de los principios generales del derecho y los que se hayan adoptado en normas que sean de aplicación:
– Necesidad: asegurando que solo se adoptan las medidas que sean estrictamente necesarias para el logro del objetivo perseguido, existiendo una clara justificación por una razón de interés general.
– Proporcionalidad: optando, entre las distintas alternativas que pueden conducir al logro del objetivo perseguido, por las medidas más adecuadas y menos distorsionantes de la competencia.
– Eficacia: verificando que la norma contribuye a superar un fallo de mercado o alcanzar un objetivo de interés general.
– Eficiencia: analizando que la norma plantea un equilibrio razonable entre ventajas que comporta para la finalidad perseguida y costes.
– Transparencia: garantizando el acceso a fuentes de información de carácter público.
– Seguridad jurídica y simplicidad: configurando un marco normativo estable y predecible para el ciudadano y para las empresas, sencillo, claro y coherente con el sistema normativo estatal y europeo.
– Accesibilidad: garantizando mecanismos de consulta y participación.
(Derogado)

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
8 de junio de 2025 En vigor BOE-A-2025-90130 Leer Qué cambió
22 de octubre de 2022 BOE-A-2022-90316 Leer

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