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Legislación › Decreto-ley 5/2022, de 20 de octubre, de dinamización de inversiones empresariales, libertad de mercado y eficiencia pública.

Artículo 44. Colaboración público-privada.

Artículo 44. Colaboración público-privada.

El Instituto de Crédito y Finanzas de la Región de Murcia colaborará en la configuración del modelo de financiación propuesto para el desarrollo de cualquier fórmula de colaboración público-privada. Para optimizar la coordinación en este ámbito, que incluye las cuestiones relacionadas con la sostenibilidad financiera y las infraestructuras financiadas con fondos públicos y privados, el órgano promotor proporcionará al Instituto de Crédito y Finanzas de la Región de Murcia desde el inicio información periódica sobre el avance en la configuración del modelo de financiación y sobre las conversaciones con los distintos agentes implicados.

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