LexTotal

Legislación › Decreto-ley 5/2022, de 20 de octubre, de dinamización de inversiones empresariales, libertad de mercado y eficiencia pública.

Disposición final quinta. Modificación del Decreto Legislativo 1/1999, de 2 de diciembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Hacienda de la Región de Murcia:

Disposición final quinta. Modificación del Decreto Legislativo 1/1999, de 2 de diciembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Hacienda de la Región de Murcia:

Se modifica el texto refundido de la Ley de Hacienda de la Región de Murcia, aprobado por Decreto Legislativo 1/1999, de 2 de diciembre, incorporando un apartado 4 al artículo 18, con la siguiente redacción:

«4. Sin perjuicio de lo anterior, la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, incluida su administración general, sus organismos públicos vinculados o dependientes, así como las demás entidades de derecho público con personalidad jurídica propia, vinculadas o dependientes de la Administración Regional podrán suscribir los acuerdos o convenios previstos en la legislación concursal, así como acordar, de conformidad con el deudor, y con las garantías que se estimen oportunas, unas condiciones singulares de pago que no pueden ser más favorables para el deudor que las recogidas en el acuerdo o convenio concursal.

Para la suscripción y celebración de los acuerdos y convenios a que se refiere el párrafo anterior se requerirá autorización de la Consejería competente en materia de Hacienda.»

← Disposición final cuarta Índice Disposición final sexta →