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Legislación › Decreto Legislativo 1/2002, de 19 de noviembre de 2002, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha.

Artículo 14. Control interno.

Comparación entre la redacción en vigor desde el 30 de noviembre de 2002 y la del 1 de enero de 2014. Tachado: lo que se quitó (2 palabras). Subrayado: lo que se añadió (9 palabras). Volver al texto en vigor

Artículo 14. Control interno.
1. La gestión económica y financiera del sector público de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha queda sometida al control interno interno, que se realizará por la Intervención General en los términos previstos en esta Ley. ley.
2. La Intervención General ejercerá el control interno con plena autonomía respecto a las autoridades y entidades cuya gestión controle.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
1 de enero de 2014 En vigor BOE-A-2014-1369 Leer Qué cambió
30 de noviembre de 2002 BOE-A-2002-90021 Leer

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