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Legislación › Decreto Legislativo 1/2002, de 19 de noviembre de 2002, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha.

Artículo 39. Estructura de los estados de ingresos.

Artículo 39. Estructura de los estados de ingresos.

Las previsiones contenidas en los estados de ingresos de los Presupuestos Generales se estructuran siguiendo las clasificaciones orgánica y económica.

a) La clasificación orgánica distingue por secciones los ingresos correspondientes a la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.

b) La clasificación económica agrupa los ingresos distinguiendo los corrientes de los de capital, según los siguientes criterios:

En los Ingresos corrientes se distinguen los siguientes capítulos: 1.–Impuestos Directos, 2.–Impuestos Indirectos, 3.–Tasas, Precios Públicos y otros ingresos, 4.–Transferencias corrientes, 5.–Ingresos Patrimoniales.

En los ingresos de capital se distinguen los siguientes capítulos: 6.–Enajenación de inversiones reales, 7.–Transferencias de capital, 8.–Activos financieros, 9.–Pasivos Financieros.

c) Los capítulos se subdividen en artículos; éstos, a su vez, en conceptos y, en su caso, en subconceptos.

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