Legislación › Decreto Legislativo 1/2002, de 19 de noviembre de 2002, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha.
Artículo 61. Competencias en la gestión de gastos.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 30 de noviembre de 2002 y la del 1 de febrero de 2023.
Tachado: lo que se quitó (113 palabras). Subrayado: lo que se añadió (99 palabras).
Volver al texto en vigor
Artículo 61. Competencias en la gestión de los gastos.
1. Corresponde a los titulares La competencia en materia de las Consejerías y gestión de los demás órganos con dotaciones diferenciadas en los Presupuestos aprobar los gastos propios de los Servicios corresponderá a su cargo, salvo los casos reservados por quienes la Ley ostenten para adoptar los actos o negocios jurídicos que los generen y ejecuten, conforme a la competencia del Consejo de Gobierno, así como autorizar su compromiso, reconocer lo dispuesto en las obligaciones correspondientes e interesar de normas que regulen la Consejería de Economía estructura y Hacienda la ordenación competencias de los correspondientes pagos. la
2. Conmisma salvedad legal, corresponde a los presidentes o directores de los Administración regional, sus organismos autónomos de la Junta de Comunidades, tanto la autorización y disposición entidades públicas. A estos efectos, la ejecución presupuestaria quedará subsumida en los actos de gastos, como el reconocimiento gestión de obligaciones e interesar los que derive, de tal manera que la Consejería de Economía y Hacienda adopción del acto o negocio jurídico que conlleve el gasto producirá la ordenación fase de los correspondientes pagos. gestión presupuestaria que
3. Las facultades ase refiere el número uno anterior podrán desconcentrarse y delegarse le corresponda.
2. La desconcentración, la delegación y, en general, los términos actos por los que establezcan se transfieran la titularidad o el ejercicio de las respectivas disposiciones. competencias citadas en el apartado 1 se entenderán siempre referidos a ambas competencias.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 1 de febrero de 2023 En vigor | BOE-A-2023-5959 | Leer | Qué cambió |
| 30 de noviembre de 2002 | BOE-A-2002-90021 | Leer |


