LexTotal

Legislación › Decreto Legislativo 1/2005, de 10 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de las leyes 7/1985, de 17 de julio, y 4/1996, de 31 de mayo, de cajas de ahorros de Galicia.

Artículo 15. Situación de déficit patrimonial.

Comparación entre la redacción en vigor desde el 6 de enero de 2010 y la del 27 de febrero de 2010. El texto es el mismo. Volver al texto en vigor

Artículo 15. Situación de déficit patrimonial.
Cuando los recursos propios de una caja resultasen insuficientes para garantizar la solvencia de la entidad, deberán producirse:
a) Nuevas aportaciones de los fundadores, suficientes para cubrir el déficit patrimonial existente.
b) La incorporación de personas o entidades públicas o privadas que, con idéntica consideración jurídica que la de los fundadores, aporten en concepto de ampliación del fondo fundacional los recursos suficientes para cubrir el déficit existente.
c) Cualquier otra medida prevista en la normativa básica del Estado, previa autorización de los órganos competentes de la Comunidad Autónoma de Galicia de acuerdo con la normativa vigente.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
3 de febrero de 2015 En vigor BOE-A-2015-1005 Leer Qué cambió
9 de julio de 2010 BOE-A-2010-10885 Leer Qué cambió
27 de febrero de 2010 BOE-A-2010-3155 Leer Qué cambió
6 de enero de 2010 BOE-A-2010-2889 Leer Qué cambió
28 de mayo de 2005 BOE-A-2005-90025 Leer

← Artículo 14 Índice Artículo 16 →