Legislación › Decreto Legislativo 1/2005, de 10 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de las leyes 7/1985, de 17 de julio, y 4/1996, de 31 de mayo, de cajas de ahorros de Galicia.
Artículo 80. Informe del defensor del cliente.
Artículo 80. Informe del defensor del cliente.
El defensor del cliente elaborará anualmente un informe donde se recogerán todas las incidencias de su actividad, así como las propuestas que de estas se pudiesen derivar, y deberá remitir dicho informe a la Consellería de Economía y Hacienda.


