Legislación › Decreto Legislativo 1/2015, de 12 de febrero, por el que se aprueba el texto refundido de las disposiciones legales de la Comunidad Autónoma de Galicia en materia de política industrial.
Artículo 50. El Consello de la Xunta de Galicia.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 10 de julio de 2015 y la del 1 de enero de 2024.
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Artículo 50. El Consello de la Xunta de Galicia.
1. El Consello de la Xunta de Galicia es el órgano superior de planificación y ejecución de la política industrial de la Comunidad Autónoma de Galicia.
2. Corresponde al Consello de la Xunta de Galicia:
a) Aprobar las disposiciones de carácter general en materia de planificación y de ejecución de la política industrial de la Comunidad Autónoma de Galicia.
b) Aprobar el Plan director los planes directores de la industria los distintos sectores industriales de Galicia.
c) Aprobar la declaración de los proyectos industriales estratégicos y autorizar su implantación.
d) Establecer líneas de cooperación en materia de planificación y de ejecución de la política industrial con las demás administraciones públicas.
e) Las demás funciones que le otorgue la legislación vigente.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 1 de enero de 2024 En vigor | BOE-A-2024-2777 | Leer | Qué cambió |
| 10 de julio de 2015 | BOE-A-2015-90508 | Leer |


