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Legislación › Decreto Legislativo 1/2015, de 12 de febrero, por el que se aprueba el texto refundido de las disposiciones legales de la Comunidad Autónoma de Galicia en materia de política industrial.

Artículo 62. Enumeración.

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Artículo 62. Fin y objetivos. Enumeración.
1. El Plan director Mediante acuerdo del Consejo de la industria Xunta de Galicia tiene como fin potenciar el desarrollo Galicia, a propuesta justificada de la actividad industrial, bajo parámetros de productividad, competitividad y calidad, para contribuir al establecimiento persona titular de un modelo económico basado la consejería con competencias en el crecimiento sostenible, esencialmente a través del uso racional, eficiente y proporcionado de las materias y materia de industria, se determinarán los recursos naturales, sectores industriales que posibilite avanzar en términos se consideran estratégicos, a los efectos de cohesión económica y social, mediante la creación de puestos elaboración de trabajo los planes directores previstos en el artículo anterior. Esta determinación podrá realizarse de calidad.
2. Constituyen objetivos esenciales del Plan director
forma conjunta, agrupando varios sectores, o de la industria forma paulatina, de Galicia:
a) Crear
acuerdo con las condiciones necesarias para la implantación prioridades que se establezcan y la creación de empresas que regeneren el tejido industrial gallego, se fundamentarán, entre otras variables, en particular de empresas vinculadas a la tecnología, al conocimiento y a la creatividad.
b) Impulsar la innovación
situación del sector industrial y el desarrollo tecnológico, en especial promover la I+D+i y las tecnologías que precisa la industria gallega y favorecer su aplicación y la difusión capacidad de sus resultados dentro del tejido industrial gallego.
c) Fomentar la internacionalización
crecimiento y generación de las empresas gallegas. empleo.
d) Lograr una asignación eficiente 2. En el caso de los recursos públicos, prestándoles especial atención a aquellos sectores más relevantes para el desarrollo de la Comunidad Autónoma.
e) Estimular la captación de inversiones
industriales que supongan un refuerzo estructural del tejido industrial de Galicia.
f) Fomentar la cooperación entre empresas.
g) Contribuir a potenciar el capital humano existente en la Comunidad Autónoma, mediante el apoyo
afecten a competencias de varias consejerías de la mejora Xunta de Galicia, la calificación técnica y empresarial propuesta de las personas, al talento y a acuerdo será realizada de forma conjunta por la creatividad y a través persona titular de la retención y captación consejería con competencias en materia de recursos humanos.
h) La creación
industria y el mantenimiento de empleo por la persona o personas titulares del resto de calidad.
i) Desarrollar actuaciones para evitar las deslocalizaciones empresariales.
consejerías afectadas.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
1 de enero de 2024 En vigor BOE-A-2024-2777 Leer Qué cambió
10 de julio de 2015 BOE-A-2015-90508 Leer

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