Legislación › Decreto Legislativo 1/2015, de 12 de febrero, por el que se aprueba el texto refundido de las disposiciones legales de la Comunidad Autónoma de Galicia en materia de política industrial.
Artículo 77. Normativa aplicable.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 10 de julio de 2015 y la del 1 de enero de 2024.
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Artículo 77. Normativa aplicable.
1. Los proyectos de ejecución de los programas de impulso de la actividad industrial se someterán a la normativa comunitaria en materia de defensa de la competencia. (Suprimido)
2. Los proyectos a los que se refiere el punto anterior, en los aspectos referentes al régimen de ayudas y subvenciones de la Administración de la Comunidad Autónoma de Galicia, se ajustarán a lo establecido en la normativa sobre subvenciones públicas.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 1 de enero de 2024 En vigor | BOE-A-2024-2777 | Leer | Qué cambió |
| 10 de julio de 2015 | BOE-A-2015-90508 | Leer |


