LexTotal

Legislación › Decreto Legislativo 3/2002, de 24 de diciembre, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley de finanzas públicas de Cataluña.

Artículo 88.

Comparación entre la redacción en vigor desde el 1 de enero de 2003 y la del 31 de marzo de 2017. Tachado: lo que se quitó (40 palabras). Subrayado: lo que se añadió (10 palabras). Volver al texto en vigor

Artículo 88.
1. Lo dispuesto en por este capítulo es aplicable a las subvenciones que tramite:
a) La Administración de la Generalidad.
b) Las entidades autónomas de la Generalidad.
c) Otros entes públicos que dependen
creadas o participadas de forma mayoritaria, directa o indirectamente, por la Generalidad.
d) Empresas públicas, los consorcios y otros entes con participación mayoritaria de la Generalidad de Cataluña siempre que estén financiadas con aportación del presupuesto de cualquiera de los anteriores.

2. El régimen económico financiero de las subvenciones es el establecido en la presente Ley, las leyes especiales aprobadas por el Parlamento y las respectivas leyes de presupuestos de la Generalidad, y son aplicables supletoriamente las normas de derecho administrativo y en su defecto, las del derecho privado. No obstante, respecto a las líneas de subvenciones financiadas con fondos comunitarios y gestionadas por la Generalidad de Cataluña, prevalece la normativa de la Unión Europea.
3. A las transferencias les es aplicable con carácter general el mismo régimen económico y financiero que a las subvenciones establecidas en la sección primera de este capítulo, en todo aquello que no derive del carácter finalista de éstas.
4. en el supuesto fijado por el artículo 87.4 se aplica con carácter general el mismo régimen jurídico económico y financiero que a las subvenciones en todo aquello que no sea incompatible con su naturaleza.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
18 de marzo de 2023 En vigor BOE-A-2023-10344 Leer Qué cambió
1 de enero de 2022 BOE-A-2022-953 Leer Qué cambió
31 de marzo de 2017 BOE-A-2017-7353 Leer Qué cambió
1 de enero de 2003 BOE-A-2002-90024 Leer

← Artículo 87 Índice Artículo 89 →