Legislación › Decreto Legislativo 4/2002, de 24 de diciembre, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley del Instituto Catalán de Finanzas.
Artículo 22.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 22 de julio de 2004 y la del 30 de julio de 2011.
Tachado: lo que se quitó (21 palabras). Subrayado: lo que se añadió (63 palabras).
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Artículo 22.
1. El consejero delegado o consejera delegada es nombrado y separado libremente por el Gobierno a propuesta de la persona titular del Consejero o Consejera departamento competente en materia de Economía economía y Finanzas. finanzas.
2. Son Las funciones del consejero delegado o consejera delegada: delegada son las siguientes:
a) La dirección y el control de la ejecución material de los acuerdos y de las directrices de actuación aprobados por la Junta.
b) La coordinación y el control del ejercicio de las funciones delegadas por la Junta en las comisiones ejecutivas y en el director o directora general. los cargos a los que se refiere la letra g.
c) El control y el seguimiento de la gestión de las participaciones en las empresas de las que sea titular el Instituto.
d) La preparación y la redacción de los documentos a que se refieren los apartados a) b) y c) del artículo 18.
e) El ejercicio de las facultades que la Junta le delegue.
f) La dirección superior y la contratación del personal del Instituto Catalán de Finanzas, así como la libre designación de los responsables de las diferentes áreas funcionales.
g) La organización y estructuración internas interna del Instituto Catalán de Finanzas de acuerdo con las directrices aprobadas por la Junta de Gobierno en las áreas direcciones funcionales y servicios, comités ejecutivos y comités de inversiones, que considere más adecuadas para cumplir que se cumpla mejor la actividad ordinaria. ordinaria, con el nombramiento de las personas titulares y la determinación del régimen laboral.
h) El ejercicio de las facultades que le delegue la Junta de Gobierno.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 22 de enero de 2014 En vigor | BOE-A-2014-90536 | Leer | Qué cambió |
| 30 de julio de 2015 | BOE-A-2015-10233 | Leer | Qué cambió |
| 25 de octubre de 2013 | BOE-A-2014-968 | Leer | Qué cambió |
| 24 de marzo de 2012 | BOE-A-2012-4730 | Leer | Qué cambió |
| 30 de julio de 2011 | BOE-A-2011-13896 | Leer | Qué cambió |
| 22 de julio de 2004 | BOE-A-2004-16713 | Leer | Qué cambió |
| 1 de enero de 2003 | BOE-A-2002-90025 | Leer |


