Legislación › Decreto Legislativo 3/2003, de 4 de noviembre, por el que se aprueba el Texto refundido de la legislación en materia de aguas de Cataluña.
Artículo 81. Actualización.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 22 de noviembre de 2003 y la del 31 de enero de 2014.
Tachado: lo que se quitó (78 palabras). Subrayado: lo que se añadió (175 palabras).
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Artículo 81. Actualización.
1. Los valores base por unidad de volumen, volumen y el valor de la unidad de contaminación, los coeficientes y las fórmulas para determinarlos contaminación se actualizan como máximo y la cifra o anualmente de acuerdo con la cuantía siguiente fórmula, indexada a los últimos datos oficiales publicados con relación a cada uno de cualquier otro elemento los parámetros que considera:
Kt = 0,2Te/E0 + 0,12St/S0 + 0,12Ct/C0 + 0,18At/A0 + 0,13Eut/Eu0 + 0,25
Donde:
K: Índice actualización.
E: Energía eléctrica. Según el índice de cuantificación del tributo pueden ser modificados por las leyes revisión de presupuestos precios aplicables a los contratos de la Generalidad. las administraciones públicas.
2. No obstante lo que establece S: Materiales siderúrgicos. Según el apartado 1, la modificación índice de revisión de precios aplicables a los coeficientes contratos de las administraciones públicas.
C: Cemento. Según el índice de revisión de precios aplicables a que se refieren los apartados 2 y 3 contratos de las administraciones públicas.
A: Amortizaciones del artículo 71 requieren inmovilizado. Importe correspondiente de acuerdo con las últimas cuentas auditadas de la modificación Agencia.
Eu: Euribor a 1 año. Valor considerado el último día del mes de esta Ley. La junio.
2. Cualquier modificación eventual de los valores base por unidad de volumen y del valor de la Ley tiene que tener en cuenta, a efectos unidad de contaminación distinta a la determinación establecida en el apartado 1, así como la modificación de los mencionados coeficientes, las fórmulas para su determinación y la clasificación de actividades económicas contenida en cifra o la Ley 3/1998, cuantía de 27 cualquier otro elemento de febrero, cuantificación del tributo, deben hacerse mediante las leyes de presupuestos de la intervención integral Generalidad o, si procede, mediante la modificación de la Administración ambiental. presente ley.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 1 de mayo de 2020 En vigor | BOE-A-2020-5569 | Leer | Qué cambió |
| 14 de marzo de 2015 | BOE-A-2015-3637 | Leer | Qué cambió |
| 31 de enero de 2014 | BOE-A-2014-2999 | Leer | Qué cambió |
| 22 de noviembre de 2003 | BOE-A-2003-90016 | Leer |


