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Legislación › Decreto Legislativo 1/2008, de 11 de marzo, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley de cajas de ahorros de Cataluña.

Disposición transitoria segunda. Composición de los órganos de gobierno de las cajas de ahorros que mantienen el control de la entidad financiera.

Disposición transitoria segunda. Composición de los órganos de gobierno de las cajas de ahorros que mantienen el control de la entidad financiera.

Las cajas de ahorro a que se refiere el artículo 69 tienen, en su caso, como órganos de gobierno la asamblea general y el consejo de administración, cuya composición, por razón de la variación de funciones, debe establecerse por reglamento.

Se añade por el art. 3 de la Ley 9/2012, de 25 de julio. BOE-A-2012-10716.

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