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Legislación › Decreto Legislativo 3/2008, de 25 de junio, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley de tasas y precios públicos de la Generalidad de Cataluña.

Artículo 12.26-4 Cuota.

Comparación entre la redacción en vigor desde el 31 de marzo de 2017 y la del 1 de mayo de 2020. Tachado: lo que se quitó (3 palabras). Subrayado: lo que se añadió (20 palabras). Volver al texto en vigor

Artículo 12.26-4 Cuota.
a) La cuota por cada tramitación de la notificación de emisiones y sus cambios cambio sustancial es de 135,96 euros.
b) La cuota por cada cambio no sustancial de la notificación de emisiones es de 72,35
euros.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
1 de mayo de 2020 En vigor BOE-A-2020-5569 Leer Qué cambió
31 de marzo de 2017 BOE-A-2017-7353 Leer

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