Legislación › Decreto Legislativo 3/2008, de 25 de junio, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley de tasas y precios públicos de la Generalidad de Cataluña.
Artículo 12.1-2. Sujeto pasivo.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 28 de junio de 2008 y la del 14 de marzo de 2015.
Tachado: lo que se quitó (6 palabras). Subrayado: lo que se añadió (2 palabras).
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Artículo 12.1-2. Sujeto pasivo.
Son sujetos pasivos de la tasa las personas físicas que solicitan la expedición de la licencia, licencia y la matrícula y el precinto de artes para la caza.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 14 de marzo de 2015 En vigor | BOE-A-2015-3637 | Leer | Qué cambió |
| 28 de junio de 2008 | BOE-A-2008-90017 | Leer |


