Legislación › Decreto Legislativo 3/2008, de 25 de junio, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley de tasas y precios públicos de la Generalidad de Cataluña.
Artículo 12.18-4. Cuota.
Artículo 12.18-4. Cuota.
La cuota de la tasa es de 30 euros para el derecho al examen de aptitud como persona con formación en manipulación de carne de caza.
Se añade por el art. 63 de la Ley 2/2014, de 27 de enero. BOE-A-2014-2999.


