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Legislación › Decreto Legislativo 3/2008, de 25 de junio, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley de tasas y precios públicos de la Generalidad de Cataluña.

Artículo 12.2-1. Hecho imponible.

Comparación entre la redacción en vigor desde el 28 de junio de 2008 y la del 14 de marzo de 2015. Tachado: lo que se quitó (9 palabras). Subrayado: lo que se añadió (2 palabras). Volver al texto en vigor

Artículo 12.2-1. Hecho imponible.
Constituye el hecho imponible de esta tasa el otorgamiento de permisos de caza de pájaros acuáticos mayor y de caza mayor, excepto el jabalí, menor en las zonas de caza controlada del territorio de Cataluña.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
14 de marzo de 2015 En vigor BOE-A-2015-3637 Leer Qué cambió
28 de junio de 2008 BOE-A-2008-90017 Leer

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