Legislación › Decreto Legislativo 3/2008, de 25 de junio, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley de tasas y precios públicos de la Generalidad de Cataluña.
Artículo 13.3-1. Hecho imponible.
Artículo 13.3-1. Hecho imponible.
Constituye el hecho imponible la inspección técnica del edificio para el uso de vivienda, que se hace antes de expedir el certificado de aptitud.
Se añade por el art. 18 de la Ley 7/2011, de 27 de julio. BOE-A-2011-13896.


