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Legislación › Decreto Legislativo 3/2008, de 25 de junio, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley de tasas y precios públicos de la Generalidad de Cataluña.

Artículo 16.1-5. Exenciones y bonificaciones.

Comparación entre la redacción en vigor desde el 31 de enero de 2014 y la del 31 de marzo de 2017. Tachado: lo que se quitó (22 palabras). Subrayado: lo que se añadió (34 palabras). Volver al texto en vigor

Artículo 16.1-5. Exenciones y bonificaciones.
1. Queda exenta la primera media hora de uso del aparcamiento para cualquier tipo de vehículo, vehículos, excepto autocares.
2. Quedan exentos de pago los vehículos estacionados en los aparcamientos privados dentro del recinto del monasterio de Montserrat.
3.
Se establecen las siguientes bonificaciones en la cuota determinada por el artículo 16.1-4:
a) Gozan Disfrutan de una bonificación de 2 2,5 euros por vehículo las personas que participan en actividades o acontecimientos autorizados por el Patronato, promovidos por personas físicas o jurídicas legalmente constituidas, que transcurren dentro de la zona urbana de la montaña de Montserrat y que tienen un alcance o un contenido cultural, deportivo, religioso o social.
b) Las personas que se alojan en el recinto urbano, en los refugios de la montaña, así como las que hacen uso de los servicios de funicular, de restauración y de hotelería en el recinto urbano de la montaña de Montserrat, gozan disfrutan de una bonificación única de 2 2,5 euros por vehículo. Esta bonificación no es acumulable a la establecida en por la letra a. a).
c) Los autocares que hacen uso de los servicios de visitas culturales, restauración y hotelería dentro del recinto del monasterio de Montserrat gozan disfrutan de una bonificación máxima de 10 22,5 euros por vehículo y servicio, con una bonificación máxima de 20 euros. servicio. Esta bonificación no es acumulable a otras.
d) Gozan Disfrutan de una bonificación de 60 minutos por vehículo (coche o motocicleta) moto) las personas que se acrediten como "Amics «Amigos de Montserrat". Montserrat». Esta bonificación no es acumulable a otras.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
18 de marzo de 2023 En vigor BOE-A-2023-10344 Leer Qué cambió
1 de enero de 2022 BOE-A-2022-953 Leer Qué cambió
1 de mayo de 2020 BOE-A-2020-5569 Leer Qué cambió
31 de marzo de 2017 BOE-A-2017-7353 Leer Qué cambió
31 de enero de 2014 BOE-A-2014-2999 Leer Qué cambió
28 de junio de 2008 BOE-A-2008-90017 Leer

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