Legislación › Decreto Legislativo 3/2008, de 25 de junio, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley de tasas y precios públicos de la Generalidad de Cataluña.
Artículo 25.15-5 Exención.
Artículo 25.15-5 Exención.
Quedan exentos del pago de la tasa los departamentos de la Administración de la Generalidad y las entidades de su sector público.
Se añade por el art. 30 de la Ley 2/2021, de 29 de diciembre. BOE-A-2022-953


