Legislación › Decreto Legislativo 3/2008, de 25 de junio, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley de tasas y precios públicos de la Generalidad de Cataluña.
Artículo 22.2-2. Sujeto pasivo.
Artículo 22.2-2. Sujeto pasivo.
Son sujetos pasivos de la tasa las personas físicas o jurídicas que solicitan los servicios docentes del Instituto de Seguridad Pública de Cataluña, que constituyen el hecho imponible.


