LexTotal

Legislación › Decreto Legislativo 3/2008, de 25 de junio, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley de tasas y precios públicos de la Generalidad de Cataluña.

Artículo 25.26-4. Acreditación.

Artículo 25.26-4. Acreditación.

La tasa se acredita en el momento en que el vehículo pesado de transporte de mercancías por carretera pasa por un punto de control habilitado.

Se añade por el art. 110 de la Ley 2/2014, de 27 de enero. BOE-A-2014-2999.

← Artículo 25.26-3 Índice Artículo 25.26-5 →