Legislación › Decreto Legislativo 3/2008, de 25 de junio, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley de tasas y precios públicos de la Generalidad de Cataluña.
Artículo 25.5-5. Afectación.
Artículo 25.5-5. Afectación.
La tasa tiene carácter finalista. Los ingresos derivados de la aplicación de la tasa deben destinarse a actuaciones de ordenación y fomento del transporte por carretera.
Se añade por el art. 103.5 de la Ley 2/2014, de 27 de enero. BOE-A-2014-2999.


