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Legislación › Decreto Legislativo 3/2008, de 25 de junio, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley de tasas y precios públicos de la Generalidad de Cataluña.

Artículo 25.6-4. Cuota.

Artículo 25.6-4. Cuota.

La cuota de la tasa:

1. Por la tramitación de expedientes de primera inscripción y la certificación del asentamiento, si procede: 233,65 euros.

2. Por la tramitación de expedientes de inscripciones posteriores y sus certificaciones de asentamiento, si procede: 84,75 euros.

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