Legislación › Decreto Legislativo 3/2008, de 25 de junio, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley de tasas y precios públicos de la Generalidad de Cataluña.
Artículo 4.10-2. Sujeto pasivo.
Artículo 4.10-2. Sujeto pasivo.
Son sujetos pasivos de la tasa los laboratorios que solicitan la obtención de la certificación de la conformidad de buenas prácticas de laboratorio y los laboratorios que hayan promovido la elaboración del estudio que debe verificarse.
Se añade por el art. 20 de la Ley 5/2012, de 20 de marzo. BOE-A-2012-4730.


