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Legislación › Decreto Legislativo 3/2008, de 25 de junio, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley de tasas y precios públicos de la Generalidad de Cataluña.

Artículo 6.7-6 Cuota tributaria.

Artículo 6.7-6 Cuota tributaria.

La cuota tributaria resulta de aplicar el tipo de gravamen a la base imponible. No es aplicable ninguna bonificación ni deducción.

Se añade por el art. 9 de la Ley 2/2026, de 6 de marzo. BOE-A-2026-6642

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