Legislación › Decreto Legislativo 3/2008, de 25 de junio, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley de tasas y precios públicos de la Generalidad de Cataluña.
Artículo 8.2-1. Hecho imponible.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 28 de junio de 2008 y la del 24 de marzo de 2012.
Tachado: lo que se quitó (61 palabras). Subrayado: lo que se añadió (10 palabras).
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Artículo 8.2-1. Hecho imponible.
Constituyen Constituye el hecho imponible: imponible de
a) El examenpelículas y la tasa el examen de otro material cinematográfico obras cinematográficas y de otras obras audiovisuales en soporte diferente al cinematográfico, audiovisuales, si este examen es impuesto por disposición legal o reglamentaria. es impuesto por disposición legal o reglamentaria.
b) La tramitación del expediente y la expedición del certificado correspondiente a cada copia de película o del certificado único o los certificados complementarios de las obras audiovisuales o versiones videográficas en cualquier soporte o formato, si
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 24 de marzo de 2012 En vigor | BOE-A-2012-4730 | Leer | Qué cambió |
| 28 de junio de 2008 | BOE-A-2008-90017 | Leer |


