Legislación › Decreto Legislativo 3/2008, de 25 de junio, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley de tasas y precios públicos de la Generalidad de Cataluña.
Artículo 8.6-4. Cuota.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 31 de marzo de 2017 y la del 1 de mayo de 2020.
Tachado: lo que se quitó (317 palabras). Subrayado: lo que se añadió (127 palabras).
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Artículo 8.6-4. Cuota.
El importe de la cuota corresponde a los siguientes conceptos:
1. Reproducciones de microfilme. Fotocopias en
Reproducción en papel DIN A4: 0,20 euros.
Reproducciónpapel DIN A3: 0,50 blanco y negro: 0,10 euros.
2. Impresiones de imágenes digitales digitales.
2.1. 2.1 A 300 puntos por pulgada (dpi), (ppp), en papel fotográfico digital, en blanco y negro o en color color:
Tamaño DIN A4: 7,85 9,90 euros.
Tamaño DIN A3: 9,15 11,55 euros.
2.2. 2.2 A 150 puntos por pulgada (dpi) (ppp) o 72 puntos por pulgada (dpi), (ppp), en papel normal, en blanco y negro o en color. color:
Tamaño DIN A4: 0,25 euros.
Tamaño DIN A3: 0,45 euros. 0,65 euros.
Tamaño DIN A2: 3,00 euros.
Tamaño DIN A1: 6,00 euros.
Tamaño DIN A0: 10,00 euros.
En las impresiones a partir de 51 imágenes se aplica, por cada impresión, la siguiente tarifa:
Tamaño DIN A4: 0,20 euros.
Tamaño DIN A3: 0,40
Tamaño DIN A2: 1,50 2,05 euros.
Tamaño DIN A1: 3,00 4 euros.
Tamaño DIN A0: 5,00 euros. 6,55 euros.
2.3. Impresiones para los usuarios (autoservicio) de imágenes ya digitalizadas.
Tamaño DIN A4: 0,20
3. Digitalización.
3.1 Digitalización en blanco y negro o en color enviada por Internet o grabación (incluye el soporte). Internet.
1 imagen: 5,00 euros. imagen
En las reproducciones de más de unade documentos textuales se aplican las siguientes tarifas: a
De 250 imágenes, por cada imagen: 1,50 300 ppp: 2 euros.
De 51 3.2 Digitalización en adelante, blanco y negro o color enviada por cada imagen: 1,00 euros. Internet.
En las reproducciones de más de una 1 imagen de documentos no textuales se aplican las siguientes tarifas: a
De 250 imágenes, por cada imagen: 3,50 euros. 150 o 72 ppp (JPEG o PDF): 0,15 euros.
De 51 en adelante, por cada imagen: 2,00
4. Reproducciones de documentos audiovisuales enviadas por Internet o grabación (incluye el soporte). Internet.
Por un minuto seleccionado: 1,75 2,35 euros.
Duplicación de cinta, Duplicación, por cada 30 minutos: 11,10 14,60 euros.
5. Reproducciones de grabaciones sonoras enviadas por Internet o grabación (incluye el soporte). Internet.
Por un minuto seleccionado sobre cinta analógica: 0,80 euros.
Por un minuto seleccionado sobre disco compacto grabable (CD-R): 0,95 seleccionado: 1,10 euros.
Duplicación de cinta analógica o de disco compacto grabable (CD-R), Duplicación, por cada 30 minutos: 6,70 8,80 euros.
6. Tarifas para usos comerciales de las reproducciones. reproducciones:
En caso de que el usuario o la usuaria destine las reproducciones de documentos a un uso comercial, debe pagar al archivo correspondiente, además de las tarifas de reproducción, las establecidas por en este apartado, si es titular de los derechos de explotación. Si el contrato de cesión de derechos de explotación al archivo correspondiente establece alguna remuneración para el autor o la autora del documento, el usuario o la usuaria debe satisfacer esta remuneración directamente al autor o la autora.
6.1. Fotografía. Fotografía, documentación textual y documentación gráfica.
6.1.1. Uso editorial. editorial y exposiciones: 30 euros.
Entidades sin finalidad de lucro: 35,50 euros.
Entidades con finalidad de lucro: 71,00
6.1.2. Uso en comunicación pública. Páginas web: 30 euros.
Entidades sin finalidad de lucro: 71,00
Entidades con finalidad de lucro: 106,70 Producciones audiovisuales: 45 euros.
6.1.3. Uso publicitario. publicitario: 150 euros.
Entidades sin finalidad de lucro: 71,00 euros.
Entidades con finalidad de lucro: 141,90
6.2. 6.2 Imagen móvil. móvil, audiovisual.
6.2.1. Uso editorial y en comunicación pública. exposiciones: 60 euros/minuto.
Entidades sin finalidad de lucro: 34,85
Entidades con finalidad de lucro: 71,00 Páginas web: 60 euros/minuto.
6.2.2. Uso publicitario. Producciones audiovisuales: 75 euros/minuto.
Entidades sin finalidad de lucro: 71,00
Entidades con finalidad de lucro: 141,90 Uso publicitario: 150 euros/minuto.
6.3. 6.3 Sonido.
6.3.1. Uso editorial y en comunicación pública. exposiciones: 30 euros/minuto.
Entidades sin finalidad de lucro: 14,25 Páginas web: 30 euros/minuto.
Entidades con finalidad de lucro: 35,50 Producciones audiovisuales: 45 euros/minuto.
6.3.2. Uso publicitario. publicitario: 75 euros/minuto.
Entidades sin finalidad de lucro: 14,25
Entidades con finalidad A las entidades sin ánimo de lucro: 71,00 euros/minuto. lucro se les aplicará un descuento del 25 % en las tasas para usos comerciales.
7. Gastos por envío de material: material.
A petición del usuario o usuaria la usuaria, se envían las reproducciones por correo con acuse de recibo. En este supuesto, el usuario o la usuaria debe abonar los gastos de envío de acuerdo con las tarifas postales vigentes.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 1 de mayo de 2020 En vigor | BOE-A-2020-5569 | Leer | Qué cambió |
| 31 de marzo de 2017 | BOE-A-2017-7353 | Leer | Qué cambió |
| 30 de julio de 2011 | BOE-A-2011-13896 | Leer | Qué cambió |
| 28 de junio de 2008 | BOE-A-2008-90017 | Leer |


