LexTotal

Legislación › Decreto Legislativo 3/2008, de 25 de junio, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley de tasas y precios públicos de la Generalidad de Cataluña.

Artículo 9.6-5. Cuota.

Artículo 9.6-5. Cuota.

El importe de la cuota es:

1. Fase de orientación y asesoramiento: 24,00 euros.

2. Fase de evaluación (por cada unidad de competencia): 12,00 euros.

← Artículo 9.6-4 Índice Artículo 9.7-1 →